1. De la reunión
inicial de constitución de cualquier sindicato los iniciadores deben suscribir
un “acta de fundación” donde se expresen los nombres de todos ellos, sus
documentos de identificación, la actividad que ejerzan y que los vincule, el
nombre y objeto de la asociación.
2. En la misma o en sucesivas
reuniones se discutirán y aprobarán los estatutos de la asociación y se
designará el personal directivo, todo lo cual se hará constar en el acta o
actas que se suscriban.
Texto original del
Código Sustantivo del Trabajo:
ARTICULO
361. FUNDACION.
1. De la reunión
inicial de constitución de cualquier sindicato en nuestro país los trabajadores
iniciadores deben levantar una “acta de fundación” donde se suscriban todos los
nombres de los trabajadores que conformaran dicho sindicato, sus documentos de
identificación, su domicilio, la actividad que desempeñan en la compañia y que los vincule, el nombre y
objeto de la asociación.
2. En la misma o en
continuas reuniones, se debate y se genera la aprobación de los estatutos de la
asociación, y se designará el personal directivo provisional, que debe
estar conformado por lo menos, por un
Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. También se designarán
provisionalmente un Tesorero y un Fiscal. Dichos Presidente y Secretario
quedarán encargados de hacer todas las gestiones conducentes al reconocimiento
de la personería jurídica a dicha asociación.
Nota para tener en cuenta…
Tal responsabilidad
exige de los sindicalistas cada vez más una mayor preparación que no se logra
únicamente en cursos sino en el batallar diario en contacto con los problemas
que cada vez se generan en una organización laboral, porque no se concibe un
dirigente sindical que asista a un consejo de dirección sólo para “calentar el
asiento”, sino para aportar en el análisis de los asuntos que allí se expongan
y después debatirlos con los trabajadores en su escenario natural: la asamblea
o el día a día. Pero ellos no están en el día a día. Están en sus despachos, en
sus reuniones y comisiones permanentes, en sus congresos, a dietas pagadas y de
espaldas a la realidad.
Nos queda mucho trabajo
por recorrer. Pensamos que este es uno de los grandes desequilibrios que vive
hoy el sindicalismo tradicional y que tiene pocas opciones de renovarse y
reinventarse. Por eso los invito a generar un sindicato a conciencia y libre de
contrariedades que solo generen
discusiones o desacuerdos entre los mismo integrantes que lo conforman…
Imagen Recuperada http://www.cesha.es/el-sindicato-que-queremos/
Recuperado del articulo Código Sustantivo del Trabajo]
ARTICULO 361. FUNDACION.
http://laboralparatodos.com/articulo-361-fundacion/
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